Servicios de prevención propios (SPP)

Qué son los Servicios de Prevención Propios (SPP)?

Se entiende por servicios de prevención propios (SPP), aquellos servicios de PRL que el empresario organiza directamente para su propia empresa, según lo establecido en el artículo 10 del RD 39/1997, por lo tanto, es el propio empresario que asume de manera directa la prevención con sus propios medios.

Cuándo será obligatorio crear su propio servicio de prevención?

El empleador debe crear su propio servicio de prevención cuando ocurre uno de los siguientes casos, según el BOE:

  • En primer lugar, deben ser empresas con más de 500 empleados.
  • Así mismo, en el caso de empresas con 250 a 500 trabajadores, llevan a cabo una de las actividades incluidas en el Anexo I del RSP [ver sección 22.2.7]).
  • Igualmente, en el caso de las empresas que no figuran en las secciones anteriores, la autoridad laboral decide.
  • En su caso, de los órganos técnicos preventivos de las Comunidades autónomo, dependiendo de la naturaleza peligrosa de la actividad realizada, entre otros factores.
  • Finalmente, con excepción del acuerdo de la entidad especializada fuera de la empresa.

Propiedades y/o características

El propio servicio de prevención de la compañía formará una unidad organizativa específica y sus miembros dedicarán su trabajo en la compañía exclusivamente a su propósito.

Los propios servicios de prevención deben tener las instalaciones y los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo las medidas preventivas que llevarán a cabo en la empresa.

El servicio de prevención debe tener al menos dos de las áreas o disciplinas preventivas especializadas, que fueron desarrolladas por expertos con la capacitación necesaria para realizar las funciones.

Estos expertos actuarán de manera coordinada, particularmente con respecto a las funciones relacionadas con el diseño preventivo de los lugares de trabajo.

La implementación y aplicación de un plan para la prevención de riesgos laborales a fin de permitir que la prevención se integre:

  • La empresa,
  • Identificación
  • Evaluación de riesgos,
  • Planificación de actividades preventivas
  • Planes de formación para trabajadores.

También contará con el personal necesario que tiene la capacidad de realizar funciones básicas e intermedias.

Sin perjuicio de la necesaria coordinación indicada en el párrafo anterior, la actividad de salud, que existe en su caso, contará para el desarrollo de su función.

Dentro del servicio de prevención, con la estructura y los medios adaptados a su especificidad y al confidencialidad de los datos médicos personales.

Además debe cumplir con los requisitos establecidos en las reglamentaciones sanitarias aplicables.

Cuando el alcance del servicio de prevención se extiende a varios lugares de trabajo.
Debe tenerse en cuenta la situación de los diferentes centros en relación con la ubicación del servicio.

El objetivo es quede debe garantizar que los medios de dicho servicio sean adecuados para aquellos riesgos existentes.

Las actividades de prevención que no son realizadas por el propio servicio de prevención deben organizarse con uno o más servicios de prevención externos.

La empresa debe preparar anualmente y mantener a disposición de las autoridades laborales y de salud competentes y el comité de salud y seguridad;

-La memoria anual

-La programación del servicio de prevención, tanto de niveles básico como intermedio.

 

Esperamos que le sirviera la información sobre lo que son los Servicios de prevención propios (SPP), también puede consultar información sobre los Servicios de Prevención Mancomunados, y los Servicio de Prevención Ajeno.

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