Plan de autoprotección
¿Quién puede hacer un Plan de autoprotección?
Lo puede hacer un técnico de prevención de riesgos laborales, capacitado para dictaminar sobre aquellos aspectos relacionados con la autoprotección frente a los riesgos a los que esté sujeta la actividad. Se considera suficiente y necesario, contar con la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, dependiendo el uso y tipo del establecimiento, especialmente si es industrial.
Debe estar suscrito por el técnico redactor y por el titular de la actividad si es una persona física, o por persona que le represente si es una persona jurídica, sobre quien recae la responsabilidad del plan.