Formación Inicial

Formación PRL
Formación PRL

La Formación Inicial en Prevención de Riesgos Laborales se entiende como el momento en que los futuros profesionales en PRL se forman sobre los fundamentos y saberes básicos, y desarrolle las competencias profesionales necesarias para efectuar su labor.

 

El objetivo es que obtengan la formación inicial PRL mínima para que puedan desempeñar su trabajo.

 

Existen diversos niveles de formación:

  • Nivel superior: Máster en PRL, Regulado en el artículo 37 de la Ley 31/1995. «La habilitación para desempeñar funciones de nivel superior requiere contar con una titulación universitaria oficial y cursar una formación mínima, acreditada por una universidad, con el programa a que se refiere el anexo VI del RSP en relación, al menos, con una de las especializaciones indicadas en el mismo.»
    Para el ámbito sanitario deben de tener la Especialidad de Medicina del Trabajo. Regulado en el RD 127/1984, actualizado por el RD 139/2003) y la de Enfermería del Trabajo por el Real Decreto 639/2014, de 25 de julio.
  • Nivel intermedio: Técnico Superior de Prevención de Riesgos Profesionales. Regulado en el artículo 14 del RD 171/2004.
  • Nivel básico: Recurso preventivo. Regulado en el artículo 35 del RSP y viene determinado según el convenio conectivo de su sector.
    El contenido de la formación varia según el sector y consta de una parte genérica y otra especifica según la función a desarrollar. La duración también varia.
  • Otro tipo de formación: A parte de estos tres niveles anteriormente mencionados, existe la formación que las empresas deben impartir a todos y cada uno de sus trabajadores, esta formación depende del puesto de trabajo que desempeña todos y cada uno de los trabajadores. Regulado en el artículo 19 de la Ley de 31/1995.