Enfermedades derivadas del trabajo

Desde el punto de vista normativo, las enfermedades derivadas del trabajo no están recogidas en un único Real Decreto con ese nombre literal, sino que se estructuran legalmente en dos grandes bloques:

  1. Enfermedades profesionales

  2. Enfermedades relacionadas con el trabajo

Solo una parte de las enfermedades derivadas del trabajo tiene reconocimiento legal cerrado, y es la que regula el Real Decreto que te indico a continuación.

Real Decreto que contempla el listado oficial de enfermedades profesionales

El Real Decreto que define, regula y enumera de forma expresa las enfermedades profesionales es el:

Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro.

Este texto es la referencia normativa directa cuando se habla de enfermedades profesionales dentro del conjunto de las enfermedades derivadas del trabajo.

Relación entre Enfermedades derivadas del trabajo y el R.D. 1299/2006

  • Todas las enfermedades profesionales son enfermedades derivadas del trabajo

  • No todas las enfermedades derivadas del trabajo son enfermedades profesionales

El Real Decreto 1299/2006 solo regula la parte reconocida oficialmente como enfermedad profesional, dejando fuera otras patologías que, aun teniendo relación con el trabajo, no figuran en el cuadro oficial.

Esto es muy importante a nivel preventivo, técnico y comercial en PRL.

Qué entiende el R.D. 1299/2006 por enfermedad profesional

Una enfermedad profesional es aquella que cumple simultáneamente:

  • Se contrae como consecuencia del trabajo realizado

  • Está provocada por agentes o sustancias recogidas en el cuadro oficial

  • Se produce en actividades expresamente indicadas

Si no se cumplen los tres requisitos, la patología no se reconoce como enfermedad profesional, aunque sí pueda ser una enfermedad derivada del trabajo.

Listado oficial de enfermedades profesionales según el R.D. 1299/2006

El Real Decreto organiza el cuadro en 6 grupos, que forman el núcleo legal de las enfermedades derivadas del trabajo con reconocimiento oficial.

Grupo 1. Enfermedades profesionales causadas por agentes químicos

Incluye, entre otras:

  • Intoxicaciones por plomo, mercurio, cadmio, cromo, níquel

  • Trastornos por disolventes orgánicos

  • Daños por pesticidas

  • Afecciones por hidrocarburos y benceno

  • Exposición a gases y vapores industriales

Grupo 2. Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos

Se contemplan patologías como:

Grupo 3. Enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos

Incluye enfermedades infecciosas contraídas por exposición laboral, como:

  • Tuberculosis

  • Hepatitis víricas

  • Brucelosis

  • Tétanos

  • Enfermedades transmitidas por animales o residuos biológicos

Grupo 4. Enfermedades profesionales por inhalación de sustancias

Recoge enfermedades respiratorias como:

  • Silicosis

  • Asbestosis

  • Neumoconiosis

  • Enfermedades pulmonares por polvo de madera

  • Afecciones por fibras minerales

Grupo 5. Enfermedades profesionales de la piel

Incluye patologías dermatológicas como:

  • Dermatitis de contacto

  • Dermatitis alérgica profesional

  • Urticarias laborales

  • Lesiones cutáneas por agentes químicos o biológicos

Grupo 6. Enfermedades profesionales causadas por agentes carcinógenos

Se contemplan, entre otras:

  • Cáncer de pulmón por amianto

  • Mesotelioma

  • Tumores por exposición a níquel, cromo, arsénico o benceno

  • Cánceres asociados a radiaciones ionizantes

Qué enfermedades derivadas del trabajo NO aparecen en el Real Decreto

Quedan fuera del listado, aunque estén claramente relacionadas con el trabajo:

Estas se consideran enfermedades derivadas del trabajo, pero no enfermedades profesionales, lo que genera implicaciones preventivas y jurídicas importantes.

Aplicación práctica en Prevención de Riesgos Laborales

Conocer el R.D. 1299/2006 permite:

  • Identificar enfermedades derivadas del trabajo con consecuencias legales directas

  • Justificar medidas preventivas específicas

  • Priorizar vigilancia de la salud por agente y actividad

  • Reducir responsabilidades empresariales

Desde una perspectiva práctica y comercial, apoyarse en checklists preventivos específicos facilita el control documental y técnico. Herramientas como el Listado de 100 CHECKLISTS de Prevención de Riesgos Laborales permiten verificar de forma sistemática los riesgos que pueden derivar en estas enfermedades y actuar antes de que aparezcan daños.

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